Acreditación AICLE · Ayuda
Preguntas frecuentes AICLE
Resuelva sus dudas sobre la acreditación metodológica AICLE: qué es, cómo obtenerla, plazos, el procedimiento 4675 y el reconocimiento de formación externa. Escriba su consulta en el buscador o explore las categorías.
Novedad · 16/09/2026. Se ha publicado la resolución definitiva del reconocimiento de oficio de la acreditación metodológica AICLE. Consultar la resolución · Ver todas las resoluciones
Conceptos básicos
¿Qué es la metodología AICLE (CLIL)?
AICLE significa Aprendizaje Integrado de Contenidos y Lenguas Extranjeras (CLIL en inglés): una materia o contenido curricular se imparte a través de una lengua extranjera, de modo que el alumnado aprende a la vez los contenidos y la lengua. Es la metodología en la que se sustentan los PMPLE.
Fuente normativa: Decreto 137/2024 (BORM 3/08/2024)
¿Qué es la acreditación metodológica AICLE y para qué sirve?
Es el reconocimiento oficial de que usted posee la formación en metodología AICLE necesaria para impartir docencia en el Programa de Profundización de los PMPLE en centros sostenidos con fondos públicos. Una vez reconocida, queda registrada en su expediente de Educarm, en la pestaña «Acreditación AICLE».
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025)
¿Qué diferencia hay entre acreditación AICLE, habilitación de idioma y habilitación bilingüe?
Son tres reconocimientos distintos e independientes: la habilitación lingüística (acredita su nivel de idioma, p. ej. C1), la acreditación metodológica AICLE (acredita su formación en la metodología) y la participación en el programa bilingüe (PMPLE). Tener uno no implica tener los demás: el curso AICLE no acredita ningún nivel de idioma y, a la inversa, las titulaciones lingüísticas (Escuela Oficial de Idiomas, Cambridge, B2, C1, Magisterio de Lengua Extranjera…) no dan lugar a la acreditación AICLE. Para impartir en el Programa de Profundización se exigen ambas, la acreditación AICLE y la certificación lingüística: como mínimo nivel B2 en el segundo ciclo de Educación Infantil y en Educación Primaria, y nivel C1 en Educación Secundaria Obligatoria, ESPA, Bachillerato y Formación Profesional.
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025) · Decreto 137/2024 (BORM 3/08/2024) (art. 35)
¿Qué son los Programas de Mejora y Profundización en Lenguas Extranjeras (PMPLE)?
Son el marco con el que la Región organiza la enseñanza de lenguas extranjeras en los centros sostenidos con fondos públicos mediante metodología AICLE. Distinguen dos vías: Mejora (refuerzo del área de lengua extranjera) y Profundización (enseñanza bilingüe o plurilingüe). Están regulados por el Decreto 137/2024.
Fuente normativa: Decreto 137/2024 (BORM 3/08/2024)
¿Necesito la acreditación AICLE para impartir mi materia?
La necesita si imparte en lengua extranjera un área, materia o módulo no lingüístico (ANL) dentro del Programa de Profundización, con independencia de su especialidad: si la materia es una ANL, se exige la acreditación. Si el grupo en el que imparte no es de Profundización, no se exige.
Fuente normativa: Decreto 137/2024 (BORM 3/08/2024)
Me acredité con un curso en inglés. ¿Me sirve para impartir en francés u otro idioma?
Sí. La acreditación AICLE es metodológica, no lingüística: una vez acreditado, lo está para cualquier lengua extranjera y no necesita otro curso. Por eso en la pestaña «Acreditación AICLE» figura una sola acreditación (la primera obtenida), aunque haya realizado formación AICLE en más de un idioma. Para impartir en otra lengua sí necesitará la habilitación lingüística de ese idioma.
Hice el curso de Infantil y Primaria (o el de Primaria). ¿Me vale para las dos etapas?
Sí. La acreditación AICLE obtenida con el curso de Educación Infantil y Primaria, o con el de Educación Primaria, le sirve tanto para Educación Infantil como para Educación Primaria. No es necesario que realice ningún curso adicional.
Cómo acreditarse
¿Cómo obtengo la acreditación metodológica AICLE?
Existen dos vías: el curso de metodología AICLE/CLIL del CPR, cuyo reconocimiento es de oficio (sin solicitud); u otras formaciones, cuyo reconocimiento requiere solicitud a través del procedimiento correspondiente (nº 4675) cuando se convoque.
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025)
¿Es suficiente el curso básico del CPR?
Sí. El curso básico de metodología AICLE/CLIL del CPR es suficiente para obtener la acreditación, tanto en Educación Infantil y Primaria como en Educación Secundaria. El curso de profundización también acredita, pero no es necesario realizarlo.
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025)
¿Dónde me inscribo en el curso del CPR? ¿Hay modalidad a distancia?
Los cursos los organiza el Centro de Profesores y Recursos (CPR) de la Región de Murcia, que oferta ediciones en modalidad telemática. Para Educación Infantil y Primaria, el curso es «El enfoque metodológico AICLE/CLIL en Educación Infantil y Primaria: curso básico»; para Educación Secundaria, Bachillerato, FP y ESPA, «El enfoque metodológico AICLE/CLIL en Educación Secundaria, Bachillerato, FP y ESPA: curso básico». Para localizarlos, entre en su perfil de Educarm, apartado «Actividades de formación» (icono de la maleta), y escriba «AICLE» en el buscador. La inscripción, las plazas y cualquier incidencia (resguardo, renuncia, admisión) las gestiona el CPR; el Servicio de Programas Educativos no interviene en ellas.
Contacto: CPR Región de Murcia · contactos
¿Cuándo hay convocatorias de los cursos del CPR?
El calendario de las formaciones lo establece y publica el CPR. El Servicio de Programas Educativos no dispone de esas fechas; le recomendamos consultar directamente la web del CPR de la Región de Murcia.
¿Las asignaturas de mi carrera o grado me acreditan en AICLE?
No de forma automática. Las asignaturas o la mención de un grado no dan lugar por sí solas a la acreditación ni se reconocen de oficio. Puede presentar el título en el procedimiento 4675: la Comisión de Valoración presume válidos los títulos oficiales que incluyan específicamente formación en metodología AICLE y valorará si es su caso; conviene aportar el suplemento europeo al título o la certificación académica con las asignaturas y sus créditos. Si necesita la acreditación en un plazo concreto, el curso del CPR es la vía más directa.
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025) (art. 8.3)
¿Necesito un B2 para inscribirme en el curso de Infantil y Primaria? No tengo certificado de idiomas.
Para ser admitido en el curso AICLE de Infantil y Primaria del CPR se pide acreditar el nivel B2. Si no dispone de un certificado de idiomas, consulte el anexo del Decreto 253/2025: determinados títulos de universidades españolas acreditan ese nivel, como el título de Maestro, especialidad Lengua Extranjera Inglés, o el Grado en Educación Primaria con mención en Lengua Extranjera Inglés cuyo plan de estudios incluya el nivel B2. En ese caso basta con adjuntar el título. Cualquier incidencia con la inscripción debe consultarla con el CPR.
Fuente normativa: Decreto 253/2025, de 11 de diciembre (BORM 13/12/2025)
No estoy en activo o no ocupo un puesto docente. ¿Puedo hacer el curso y acreditarme?
Son dos cuestiones distintas. En cuanto al curso, sus destinatarios preferentes son los docentes en activo; pueden participar otras personas con titulación docente, pero la admisión depende de los criterios y plazas que fije el CPR, con quien debe consultarlo. En cuanto a la acreditación, la Orden de 6 de noviembre de 2025 la reserva al personal docente de centros sostenidos con fondos públicos y a quienes figuren en las listas de aspirantes a interinidad de la Región de Murcia. Si supera el curso sin pertenecer a ninguno de esos colectivos, el CPR le expedirá el certificado del curso, pero no se le reconocerá la acreditación; podrá solicitarla por el procedimiento 4675 cuando pase a estar incluido.
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025) (arts. 1.2 y 3)
Mi acreditación en Educarm
Hice el curso del CPR y la acreditación no me aparece en Educarm. ¿Qué hago?
No debe hacer nada ni subsanar nada. El reconocimiento de la formación del CPR se efectúa de oficio a partir de las certificaciones que remite el propio CPR, y se incorporará a su expediente cuando se publique la resolución correspondiente. No es un error que usted deba corregir.
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025)
Última resolución: Resolución definitiva de 16 de septiembre de 2026
¿Tengo que solicitar algo o rellenar un formulario si hice el curso del CPR?
No. Si el curso figura superado y certificado, el reconocimiento es de oficio; no necesita presentar solicitud, formulario ni ningún trámite adicional. Solo deberá esperar a la publicación de la resolución.
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025)
Última resolución: Resolución definitiva de 16 de septiembre de 2026
¿Cuánto tarda en aparecer la acreditación en mi expediente?
No es inmediata. Primero se publica una resolución o relación provisional; transcurrido el plazo de alegaciones (10 días hábiles), se publica la resolución definitiva. Es a partir de la definitiva cuando la acreditación figura en su expediente de Educarm.
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025)
En «Cursos de formación» me aparece el curso, pero en «Acreditación AICLE» no. ¿Es un error?
No es un error: son dos apartados distintos. Que el curso del CPR conste en «Cursos de formación» es correcto y esperable; la acreditación metodológica aparecerá en la pestaña «Acreditación AICLE» una vez publicada la resolución de reconocimiento. Tampoco figurará en la pestaña «Acreditaciones», que recoge las acreditaciones por especialidades y enseñanzas: la acreditación metodológica consta únicamente en «Acreditación AICLE».
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025)
Última resolución: Resolución definitiva de 16 de septiembre de 2026
En mi expediente aparece una «Resolución de la Dirección General…» pero no la acreditación como tal. ¿Estoy acreditado?
Sí. Figurar en esa Resolución de reconocimiento es precisamente lo que acredita su formación metodológica AICLE. Estar incluido en la relación publicada equivale a tener la acreditación reconocida oficialmente.
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025)
Última resolución: Resolución definitiva de 16 de septiembre de 2026
Necesito el certificado ya para la adjudicación de plazas. ¿Llegará a tiempo?
La incorporación de la acreditación al expediente se realiza de oficio una vez finaliza el procedimiento y se publica la resolución; los plazos dependen de ese procedimiento y no de una gestión individual. Si su situación afecta a un acto de adjudicación concreto, indíquelo expresamente en su consulta a programas.educativos@murciaeduca.es.
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025)
Realicé un curso en una fecha, pero no salgo en la resolución. ¿Qué hago?
Revise el periodo o edición que abarca esa resolución: cada resolución reconoce la acreditación a quienes realizaron la formación dentro de un periodo concreto, por lo que su curso puede reconocerse en una resolución posterior. Si, tras comprobarlo, cree que se trata de un error, contacte con programas.educativos@murciaeduca.es.
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025)
Última resolución: Resolución definitiva de 16 de septiembre de 2026
¿Pueden expedirme un certificado o diploma de mi acreditación AICLE?
El Servicio de Programas Educativos no expide certificados. El documento que acredita que tiene reconocida la acreditación AICLE es la resolución de reconocimiento en la que figura su nombre; todas están publicadas en la web de Programas Educativos y en el tablón de la Consejería.
Más información: Resoluciones publicadas
¿Puedo enviar mi título o mis certificados por correo electrónico para que me acrediten?
No. El reconocimiento de la acreditación AICLE no puede tramitarse por correo electrónico: la documentación enviada por esa vía no inicia ningún procedimiento ni puede valorarse. Si su formación no es un curso AICLE del CPR, deberá presentarla en el procedimiento 4675 de la Sede Electrónica cuando esté abierta la convocatoria.
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025) (art. 4.1) · Sede Electrónica CARM · Procedimiento 4675
Formación externa y convalidaciones
Hice un curso AICLE en el extranjero (Irlanda, Erasmus…). ¿Cómo lo reconozco?
El reconocimiento de la formación externa no es automático: debe solicitarlo a través del procedimiento específico previsto en la Orden de 6 de noviembre de 2025, cuando se convoque. Necesitará aportar la documentación acreditativa; en el caso de movilidades, habitualmente el diploma del curso y el certificado de la movilidad.
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025)
Tengo un máster oficial en enseñanza bilingüe basado en AICLE. ¿Vale?
No se reconoce de forma automática por el mero hecho de poseerlo. Deberá solicitar su reconocimiento a través del procedimiento específico; será una Comisión de Valoración la que determine si la formación acredita la competencia metodológica AICLE.
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025)
¿Me pueden confirmar de antemano si mi curso concreto acredita?
El Servicio de Programas Educativos no puede corroborar por adelantado si un curso o título concreto acredita la competencia metodológica AICLE. Esa determinación corresponde a la Comisión de Valoración, en el marco de la convocatoria y conforme a criterios técnicos.
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025)
¿Qué documentación necesito para acreditar formación externa?
La que establezca la convocatoria, conforme al artículo 5 de la Orden de 6 de noviembre de 2025. Con carácter general, documentación que acredite el contenido, la carga formativa y la superación de la formación en metodología AICLE y, en movilidades, el certificado de la estancia.
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025)
Perdí el diploma del curso que hice en el extranjero. ¿Qué hago?
Solicite un duplicado a la entidad que impartió el curso. Si se trata de una movilidad y necesita el certificado de la estancia, puede solicitarlo escribiendo a programas.educativos@murciaeduca.es para presentarlo en el próximo procedimiento.
Hice otro curso del CPR o la formación inicial del programa bilingüe. ¿Se reconoce de oficio?
Solo se reconocen de oficio los cursos de metodología AICLE/CLIL que el CPR incluye como tales; es el CPR quien determina qué cursos son homologables. Otras formaciones, aunque las organizase el CPR o estuvieran vinculadas a la puesta en marcha del programa bilingüe, no dan lugar al reconocimiento de oficio: puede presentarlas al procedimiento 4675, donde la Comisión de Valoración decidirá.
Tramitación: Sede Electrónica CARM · Procedimiento 4675
Vengo de otra comunidad autónoma. ¿Cómo obtengo la acreditación?
Si no puede acceder a los cursos del CPR de la Región de Murcia, puede realizar formación en metodología AICLE en los centros del profesorado de su comunidad o en cursos universitarios de especialista en metodologías bilingües, y presentarla después al procedimiento 4675, donde la Comisión de Valoración decidirá. La Comisión presume válidos los cursos de formación inicial en metodología AICLE impartidos por otras administraciones educativas españolas. Este Servicio no dispone de un catálogo de esas formaciones; le recomendamos consultar a la administración educativa de su comunidad.
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025) (art. 8.3) · Sede Electrónica CARM · Procedimiento 4675
¿Dónde consulto los criterios de valoración que aplica la Comisión?
En la Resolución de 20 de marzo de 2026, que determinó los criterios de valoración del procedimiento 4675 en la última convocatoria. Le permite orientarse sobre si su formación puede ser susceptible de acreditación, aunque la decisión corresponde siempre a la Comisión de Valoración en cada convocatoria. Además, antes de abrirse cada convocatoria, la Comisión publica una relación no exhaustiva de las formaciones que se presumen válidas.
Procedimiento 4675 y plazos
¿Qué es el procedimiento 4675 y cuándo se convoca?
Es el trámite de la Sede Electrónica de la CARM para el reconocimiento de la acreditación metodológica AICLE del profesorado que participe en los PMPLE (procedimiento nº 4675). Se convoca a lo largo del curso mediante resolución de la Dirección General; las fechas se publican en cada convocatoria.
Fuente normativa: Sede Electrónica CARM · Procedimiento 4675
La última convocatoria del procedimiento 4675 ya cerró. ¿Cuándo se abre la siguiente?
Deberá esperar a la siguiente convocatoria. Está previsto que este curso se abra una nueva, que se anunciará en la web de Programas Educativos y en sus redes sociales. Mientras no se publique, no es posible presentar solicitudes.
Fuente normativa: Sede Electrónica CARM · Procedimiento 4675
Régimen transitorio: ¿hasta cuándo basta el curso del CPR y desde cuándo es obligatoria la acreditación?
Conforme a la disposición transitoria única de la Orden de 6 de noviembre de 2025, durante el periodo transitorio (hasta el final del curso 2026-2027) el reconocimiento derivado de los cursos del CPR se realiza de oficio. Con posterioridad, el reconocimiento se tramitará en las convocatorias del procedimiento: quienes superen los cursos AICLE/CLIL del CPR se incluyen de oficio, sin necesidad de solicitud (art. 4.2), y el resto de formaciones requiere solicitud y valoración. A partir del curso 2027-2028, la acreditación metodológica AICLE será obligatoria para el profesorado que participe en el Programa de Profundización.
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025) · Decreto 137/2024 (BORM 3/08/2024) (disposición transitoria tercera)
Alegaciones y recursos: ¿de cuánto tiempo dispongo?
Tras la publicación de las listas provisionales, dispone de 10 días hábiles para presentar alegaciones. Frente a la resolución definitiva cabe recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería en el plazo de un mes.
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025)
Casos particulares
Soy interino o estoy en la bolsa. ¿Puedo acreditarme?
Sí. El ámbito de la Orden de 6 de noviembre de 2025 incluye al profesorado de centros públicos no universitarios y a los aspirantes a puestos docentes en régimen de interinidad de la Región de Murcia.
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025)
Trabajo en un centro concertado. ¿Me afecta?
El reconocimiento se dirige al profesorado que participa en los PMPLE en centros sostenidos con fondos públicos, lo que comprende la enseñanza concertada. Si su duda es sobre la convalidación de cursos de su centro, puede dirigir la consulta a programas.educativos@murciaeduca.es.
Fuente normativa: Sede Electrónica CARM · Procedimiento 4675
¿La acreditación AICLE influye en la adjudicación de plazas bilingües?
La acreditación metodológica AICLE es uno de los requisitos vinculados a la participación en los programas bilingües. Su reflejo en el expediente depende del procedimiento de reconocimiento; si necesita que conste para un proceso concreto, conviene tramitarlo con antelación y consultar su situación.
Fuente normativa: Orden de 6 de noviembre de 2025 (BORM 18/11/2025)
¿Dónde consulto el estado de mi acreditación?
En su expediente personal de Educarm, en la pestaña «Acreditación AICLE». Las resoluciones (provisionales y definitivas) se publican en la web de Programas Educativos y en el portal Educarm.
Resoluciones publicadas: Consulte el listado completo · Última: resolución definitiva de 16 de septiembre de 2026
¿Dónde presento mi título de idioma (B2, C1) para la habilitación lingüística?
No en este Servicio. La habilitación lingüística la gestiona el Servicio de Personal Docente y se solicita en la Sede Electrónica de la CARM; para el profesorado interino, mediante el procedimiento 111 (Cuerpo de Maestros) o el 114 (Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de FP). Para dudas sobre el alcance de su habilitación en un idioma concreto puede escribir a acreditacionesidiomaticas@murciaeduca.es.
¿No encuentra respuesta? Escríbanos a programas.educativos@murciaeduca.es
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